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Sociedades Laborales › Empresas Participadas

En la economía actual, en la que los Recursos Humanos se configuran como un factor estratégico diferenciador sobre el que apoyar el éxito futuro de la organización, se hace preciso favorecer el desarrollo de fórmulas de participación de los trabajadores en la empresa.

Según la Comisión Europea, ocho son los principios generales que deben regir la participación de los trabajadores en las empresas:

  1. Participación Voluntaria.
    No se puede obligar a ninguna empresa a establecer un sistema de participación ni se puede obligar a ningún trabajador a involucrarse en un sistema de participación.

  2. Extensión del Plan a todos los trabajadores.
    Si realmente se quiere implantar un plan de participación de los trabajadores en la empresa, la totalidad de los miembros de las compañías deben tener acceso a dichos planes.

  3. Claridad y Transparencia.
    Es necesario funcionar con unos principios definidos de claridad y transparencia. De este modo, los trabajadores que intervienen en la propiedad de la empresa conocerán de forma clara y concreta los riesgos a los que deben enfrentarse y podrán valorar las ventajas que les va a suponer la participación.

  4. Definir el Sistema de Participación.
    Es recomendable que todos los planes ligados a la propiedad de la empresa estén previamente definidos y ligados a la consecución de resultados. De este modo se garantizaría la transparencia y el elemento motivador, desde el mismo momento en que el trabajador conoce las reglas del juego y no queda a la arbitrariedad a posteriori.

  5. Sistematización.
    Las empresas deben ser sistemáticas en su aplicación. Es decir, se deben aplicar de forma regular y no en ejercicios aislados en que, por los resultados obtenidos u otras circunstancias, las empresas puedan estar interesadas en su aplicación.

  6. Evitar riesgos a los trabajadores.
    Cuando se decide posibilitar la implantación de un plan de participación deben quedar claros cuales son los riesgos en los que pueden incurrir los trabajadores partícipes, independientemente de la magnitud de los mismos. Por ello la participación debe ir, indisolublemente unida a la propiedad de la empresa y la participación en la gestión. De este modo el trabajador controla las actividades y las decisiones que se adoptan y que influyen en el rumbo que adopte la empresa.

  7. Distinguir salario de dividendo.
    El salario tiene una función diferente a la retribución de los dividendos, circunstancia que debe quedar perfectamente clara.

  8. Planes compatibles con la movilidad de los trabajadores.
    Los planes de participación de los trabajadores, deben contemplar la dicotomía que se suscita entre el deseo de la empresa de que los trabajadores posean durante un período más o menos largo las acciones, y de otro lado los problemas derivados del cambio del puesto de trabajo de un país a otro, así como las posibles rescisiones de contratos y consiguiente extinción de la relación laboral.

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